La legislación vigente afecta a cualquier empresa que utilice Internet en el desarrollo de su actividad, desde organizaciones con una simple página web informativa hasta aquellas que comercializan productos o prestan servicios online. Su impacto es especialmente relevante para operadores y proveedores de servicios de Internet (ISP), aunque las obligaciones y responsabilidades pueden variar según cada caso.
El incumplimiento de la LSSICE puede conllevar sanciones económicas significativas, por lo que resulta fundamental conocer y aplicar correctamente los requisitos que establece la normativa.
En Internet Security Auditors ayudamos a las organizaciones a adecuarse a la LSSICE mediante servicios de análisis, adaptación y auditoría. Nuestro enfoque combina conocimientos técnicos y jurídicos, permitiendo abordar el cumplimiento de forma práctica y alineada con las necesidades reales del negocio.
Debido a que determinados aspectos de la LSSICE pueden generar dudas en su interpretación y aplicación, es necesario realizar un análisis especializado para identificar las obligaciones concretas de cada organización y garantizar su correcto cumplimiento.
Los aspectos más relevantes suelen centrarse en los siguientes puntos:
- Alta de Dominios en el Registro
Los prestadores de servicios de la sociedad de la información establecidos en España deberán comunicar al Registro Mercantil en el plazo de un mes desde la obtención, sustitución o cancelación del nombre de dominio o dirección de Internet, al menos, un nombre de dominio o dirección de Internet.
No llevar a cabo esta acción tiene una sanción elevada. Además, "un prestador de servicios puede ser cualquier empresa que posea una página web", con lo que, en estos momentos, prácticamente todas las empresas se ven afectadas por esta primera acción.
- Revisión y adecuación de los contratos en el marco de limitación de responsabilidad
Diferentes artículos de la LSSICE definen responsabilidades concretas para aquellas empresas proveedoras de servicios de Internet o ISP (en las que se incluyen, por ejemplo, cualquiera que ofrece un alojamiento web o acceso a Internet). Esta actuación consiste en la adecuación tanto a nivel legal como técnico con tal de cumplir con estas responsabilidades y tomar las "medidas tecnológicas" necesarias, según define la LSSICE.
- Adecuación de la operativa de contratación y aviso legal On-Line
Varios artículos de la LSSICE regulan la contratación por vía electrónica. Obligaciones formales para las relaciones B2B y B2C. Es necesario disponer de los Avisos Legales necesarios dependientes del tipo de transacción, que serán imprescindibles en caso de producirse litigios entre las partes contratantes.
- Adecuación de las comunicaciones comerciales
Según el Art. 21:
Queda prohibido el envío de comunicaciones publicitarias o promocionales por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente que previamente no hubieran sido solicitadas o expresamente autorizadas por los destinatarios de las mismas.
Esto implica la inclusión de diversas notificaciones o modificaciones en los envíos electrónicos que realizan las empresas, así como una gestión adecuada de éstos, con el fin de cumplir con estas restrictivas condiciones.
- Cruce de LSSICE con la LOPD
Tal como está redactado en el texto de la LSSICE, si se cruza con las disposiciones de la LOPD en lo relativo a obligaciones, responsabilidades, infracciones y sanciones, los riesgos de sanción son muy elevados y las cuantías de las multas son acumulativas, de ahí la importancia de analizar ambas en conjunto y su influencia concreta para cada empresa en concreto.










